Mediante la resolución conjunta Resolución Conjunta Nº 9/2014 y Nº 9/2014 de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo sustentable y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca se aprobó el procedimiento para formalizar la presentación de la información necesaria para la confección de la solicitud de excepción para los usos críticos del bromuro de metilo, sustancia comprendida en el Anexo E, Grupo I del Protocolo de Montreal.
Dentro del marco del Protocolo, sólo las Partes del Protocolo pueden presentar nominaciones para usos críticos, por lo que las compañías, organizaciones o individuos interesados en presentarlas deberán asegurar, primero, la aprobación y el apoyo de sus gobiernos nacionales.
La resolución también expresa que para que a nivel nacional se pueda analizar las nominaciones de usos críticos presentadas por las compañías, organizaciones o individuos interesados, es necesario que las mismas sean analizadas y aprobadas por la Subsecretaría de Agricultura del Minagri.
El uso de bromuro de metilo se calificará como crítico, si la Parte del Protocolo ha determinado que el uso específico es crítico debido a que la falta de disponibilidad del bromuro de metilo para el mismo resultaría en una significativa distorsión en el mercado y, no hay alternativas o sustitutos factibles desde el punto de vista técnico, económico, ambiental y de salud que sean adecuadas a los cultivos y circunstancias de la nominación.