Mediante la Resolución 322/2011 el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria ha declarado la emergencia fitosanitaria con respecto a la plaga Leptocybe invasa “avispa de la agalla” en todo el Territorio Nacional.
Se fija en la mencionada resolución Fíjese como área controlada de Leptocybe invasa a la Provincia de Buenos Aires y como áreas en peligro limítrofes con la Provincia de Buenos Aires y a las Provincias de Corrientes y Misiones.
El principal daño de la plaga es la formación de agallas en las nervaduras centrales, pecíolos y ramas finas, produciendo defoliación severa a causa del bloqueo de savia y la consecuente disminución en el crecimiento y la producción, pudiendo provocar la muerte de individuos jóvenes afectados.
Tambien se establece la obligatoriedad de inscripción el Registro Nacional para los aquellos sujetos que realicen propagación, micropropagación, multiplicación, importación y/o exportación de plantas y/o sus partes (con excepción de la semilla botánica.
Se realizará acciones de notificación, difusión y capacitación sobre
las medidas fitosanitarias a ser implementadas, a los propietarios, poseedores o tenedores de los viveros productores de material de propagación
de Eucalyptus sp., productores forestales o cualquier otro responsable de aquellos lugares donde existan plantas forestales de Eucalyptus sp.
Los viveros productores de material de propagación o establecimientos comerciales que posean plantaciones de Eucalyptus sp., deberán permitir el ingreso a los inspectores oficiales para realizar, supervisar o fiscalizar las actividades de vigilancia, control. Para la erradicación se podrá proceder a la destrucción inmediata del material afectado en los viveros productores de plantines de Eucalyptus