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Cómo sacar el permiso para circular durante la cuarentena en la Ciudad de Buenos Aires

Luego de que se decretó la cuarentena total y obligatoria en Argentina hasta el 31 de marzo debido a la pandemia del coronavirus, los ciudadanos requieren un permiso especial para poder transitar por la vía pública.

Con la creación del Comando Unificado de seguridad –conformado por la Gendarmería Nacional, Policía Federal Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Prefectura Naval– para busca y prevenir la transmisión del virus COVID-19, se reforzaron los controles de transito ciudadano por medio de operativos de control vehicular y peatonal tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en el Gran Buenos Aires. De este modo, se busca hacer cumplir el Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO).

Es por eso que solo pueden transitar sin restricciones aquellos cuyas actividades laborales hayan sido excluidas en el decreto de necesidad y urgencia que dictaminó el Gobierno al momento de implementar la cuarentena. Sin embargo, para hacerlo, deben presentar un salvoconducto emitido por el organismo del Estado o empleador privado para el que desempeñen sus actividades.

Además, aparte del salvoconducto, las personas que circulen por la Ciudad de Buenos Aires deberán solicitar un Permiso de Tránsito sólo si es absolutamente necesario y según tu condición laboral lo requiera, la cuál tendrá vigencia según establece el Decreto de Necesidad y Urgencia Presidencial.

Dónde obtener el formulario para circular durante la cuarentena

Se debe ingresar a una web especial del Gobierno de la Ciudad y completar los requisitos: datos personales, datos laborales, el motivo por el que solicita el Permiso de Tránsito y dejar bajo juramento que la información consignada es verdadera.

Una vez que el formulario está completo, luego de que se revisan los datos, se recibe el formulario autorizante. El mismo podrá imprimirse o exhibirlo en el celular cuando un efectivo policial lo solicite en la vía pública.

Es necesario llevar el salvoconducto y el formulario para poder movilizarse por la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuáles son las actividades que pueden solicitar el formulario autorizante para transitar?

  1. Trabajo en producción, abastecimiento, almacenamiento o distribución de alimentos.
  2. Trabajo en un centro o establecimiento de salud o diagnóstico.
  3. Trabajo en producción o abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  4. Trabajo en servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza, recojo de residuos sólidos o servicios funerarios.
  5. Trabajo en entidades financieras, seguros y pensiones o servicios complementarios y conexos a ellos
  6. Trabajo en producción, almacenamiento, transporte, distribución o venta de combustible.
  7. Trabajo en medios de comunicación y centrales de atención telefónica (call center de atención de emergencias).
  8. Trabajo en servicios de vigilancia de empresa privada y transporte de dinero y valores.
  9. Trabajo en el sector público y presto servicios necesarios para la atención de acciones relacionadas con la emergencia sanitaria producida por el COVID-19 o soy parte de un área esencia.
  10. Trabajo en actividades similares a las mencionadas anteriormente o que deban realizarse por causa de fuerza mayor (servicios técnicos para emergencias del hogar, etc).
  11. Trabajo en el Poder Ejecutivo para garantizar la continuidad de los servicios mínimos, dispuesto por mi superior jerárquico.
  12. Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
  13. Trabajo en un hotel o centro de alojamiento.

¿Cuáles son las penas por no cumplir con el aislamiento obligatorio?

Según quedó establecido en el artículo 205, "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".

Además, el artículo 239 aclara que tendrá una pena de prisión "de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones".

 

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