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Reglamentación de Ley que declara de interés nacional la sanidad animal y vegetal

A través del Decreto 776/2019, el gobierno nacional reglamentó la Ley N° 27.233 que declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, la prevención, el control y erradicación de las enfermedades y plagas que afecten la producción agropecuaria y forestal nacional, y la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos.

La nueva norma, publicada hoy en el Boletín Oficial, fortalece el estatus jurídico del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), formaliza sus competencias y establece los mecanismos adecuados para su financiamiento, permitiendo profundizar los niveles de eficiencia de la gestión pública para enfrentar los desafíos.

El presidente de organismo sanitario, Ricardo Negri, manifestó que "la reglamentación hace que el Senasa pueda trabajar con mejores reglas en cuanto a los temas sanitarios, fortalecer su rol en la sanidad de nuestros rodeos, cultivos, los ecosistemas y la inocuidad de lo que se produce en todo el territorio nacional" y concluyó: "Estos son los pasos necesarios para tener cada día un organismo sanitario más fuerte".

La reglamentación de la Ley 27233 posibilita la adopción de decisiones urgentes para alcanzar soluciones y optimizar la eficiencia de las acciones que desarrolla el Senasa. En este sentido, los alcances de la Ley comprenden las medidas definidas en el Acuerdo sobre Aplicaciones de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), aprobado por la Ley 24.425.

Cabe recordar que el Senasa tiene un rol central en las negociaciones técnicas con otros países para el sostenimiento y la apertura de mercados de la producción agroalimentaria que genera la Argentina.

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