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Avances para la Gestión de los Envases Vacíos de Fitosanitarios

La Secretaría de Gobierno de Agroindustria fue sede de la Primera Jornada de autoridades competentes de la Ley 27.279 de Presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, que reunió a autoridades de las provincias de Buenos Aires, Chaco, San Juan, La Pampa, Corrientes, Córdoba, Mendoza, Jujuy, Formosa, Misiones, Tucumán, Salta, Santa Fe, Neuquén y CABA; y representantes de las carteras nacionales de Salud y Ambiente y Desarrollo Sustentable, y del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

"Este encuentro es de suma importancia para poder conocer de primera mano la voz de las provincias sobre sus diferentes estados de situación y poder avanzar en una dirección clara bajo el paraguas de la ley nacional", destacó el director de Producciones Sostenibles, Nicolás Lucas, quien participó de la apertura junto al director nacional de Agricultura, Ignacio Garciarena, el subsecretario de Fiscalización y Recomposición de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Juan Andrés Trebino. 

Asimismo, Garciarena, señaló que "poder llegar a acuerdos con las provincias tiene que ver con cumplir con un reclamo tanto del sector productivo como de la sociedad en su conjunto". 

El manejo inadecuado de los envases vacíos de fitosanitarios representa un riesgo de contaminación y puede afectar directa e indirecta tanto al ambiente como a la salud conjunto. Por ello, la Ley 27.279, tiene por objeto la regulación de la gestión de los envases vacíos de productos fitosanitarios generados en el territorio nacional, de modo que no implique riesgos para la salud humana o animal y el ambiente.

En el marco del evento, los referentes provinciales expusieron los desafíos internos y las diferentes realidades que se presentan por los distintos grados de implementación de la Ley. En este sentido existen jurisdicciones que cuentan con sistemas de gestión que integran centros de acopio y operadores o recicladores y otras que aún están en la transición de sistemas preexistentes a lo establecido en la ley. 

De modo particular, se expusieron los casos del Organismo Provincial para el Desarrollo Sustentable (OPDS) de la provincia de Buenos Aires y del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria de Mendoza (ISCAMEN) de Mendoza.

Vale recordar que la autoridad de aplicación nacional de la Ley es compartida entre la Secretaría de Agroindustria y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable. A su vez, las provincias determinan qué organismo es la autoridad competente en sus respectivas jurisdicciones. En este sentido, las autoridades coincidieron en que constituye un avance importante que todas las jurisdicciones provinciales nombren o determinen a sus autoridades competentes. 

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