Hoy entró en vigencia el Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e) para el movimiento de productos de origen vegetal en el territorio nacional, que debe autogestionarse a través del Sistema Integrado de Gestión DTV (SIGDTV) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
El DTV-e es la unificación de dos documentos oficiales, el Documento de Tránsito Vegetal (DTV) del Senasa y el remito o guía frutihorticola de tránsito de la AFIP, el cual tiene valor de declaración jurada tanto para el emisor como para el destinatario.
Este documento gratuito puede tramitarse las 24 horas del día durante todo el año por aquellos usuarios registrados ante el Senasa que cuenten con clave fiscal y el SIGDTV en la plataforma de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El DTV-e ampara el movimiento de:
- Berries (arándano, frambuesa).
- Cítricos (bergamota, cidra, kumquat, lima, limón, mandarina, mineola, naranja, naranja amarga, quinoto, tangelo, tangor y pomelo).
- Frutas tropicales (carambola, chirimoya, granada, guayaba, falsa guayaba, kaki, litchi, mango, maracuyá, níspero, papaya —mamón— y pasionaria).
- Frutales de pepita y carozo (cereza, ciruela, damasco, durazno, manzana, membrillo, nectarina —pelón— y pera).
- Algunas hortalizas pesadas (ajo, batata, cebolla, papa y tubérculos indígenas).
- Guinda y frutos secos (nuez, almendra, avellana, castaña, nuez de pecán), únicamente para egreso de región protegida patagónica.
- Otros frutos (higo, kiwi, olivo, pimiento, pepino dulce, tomate de árbol, tuna, vid y palta —excepto var. Hass—.
- Material de propagación de cítricos, vid, kiwi, olivo y Prunus spp. (almendro, duraznero, ciruelo, etc.), siendo de uso alternativo con guías preexistentes para el resto del material de propagación.
- Algodón (todos los productos y subproductos).
Toda persona que quiera movilizar mercadería vegetal deberá previamente emitir el correspondiente DTV-e que acompañará la carga en todo momento, desde que sale del establecimiento de procedencia hasta que llega a su destino. Finalmente, quien reciba la mercadería deberá cerrar el documento.
El procedimiento no es arancelado, a excepción de los casos en que el DTV-e reemplaza documentos o guías preexistentes de índole recaudatoria como el Documento de Tránsito de Algodón (DTAI) y Guía de Origen. El documento solamente podrá ser utilizado dentro del plazo de vigencia establecido y especificado por producto y por tipo de movimiento.
Es importante destacar que cualquier ciudadano puede comprobar la autenticidad de un DTV-e utilizando el Código Único de Validación Electrónica (CUVE) que aparece impreso en el propio documento. La consulta puede efectuarse por medio de la página de internet del Senasa o llamando al 0800-999-7362.
Si desea consultar por los productos reglamentados o gestionar la emisión o cierre del documento, ingrese aquí