A través de la Resolción 167 el Ministeriode Agroindustria de esa provincia estableció una prohibicion para las formulaciones 2,4-D ester butílico e isobutílico para el período del año comprendido entre el 1 de octubre al 31 de marzo. La restricción es para cualquier modalidad de aplicacion (terrestre, aérea o manual).
Esta restricción entra en vigencia a partir del 1 de abril. La normativa destaca en sus considerandos que en cierta época del año existen condiciones predisponenetes para la volatilización y deriva del producto.