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Ley de envases de fitosanitarios - El Poder Ejecutivo envió un proyecto al Congreso

La tan esperada ley para la disposición de envases de productos fitosanitarios finalmente entró el viernes último en el Senado de la Nación. Hasta ahora, la falta de una ley nacional generó más de un dolor de cabeza tanto en los distintos municipios del país como entre la cadena agrícola.    

Sucede que en los últimos 15 años, aproximadamente, la venta de productos fitosanitarios se incrementó en un 227% por el avance de la agricultura en ese lapso. Ello generó un mayor volumen de residuos entre los cuales los envases de los productos para la protección de cultivos componen un aspecto central.  

 

Baste con mencionar algunas cifras que incorpora el Ejecutivo en el proyecto de ley enviado. En 2001 se comercializaron 7,5 millones de envases de productos, equivalentes a unas 5.250 toneladas de plástico. Una década después, en 2011, los envases comercializados rondaron los 17,25 millones, equivalentes a 13.000 toneladas de plástico, según un estudio de Aacrea.  

 

“En la actualidad una gran cantidad de estos envases no recibe el tratamiento apropiado, quedando dispersos en el campo o siendo vendidos ilegalmente, representando un riesgo de contaminación y afectación directa e indirecta tanto al ambiente como a la salud”, reconoce la iniciativa del gobierno nacional.  

 

Según publicó El Enfiteuta, entre las prácticas usadas para eliminar los envases se encuentran la quema a cielo abierto así como el enterramiento. Ambas quedarán prohibidas por el texto del proyecto si se convierte en ley dadas las consecuencias peligrosas que representan para la salud y el ambiente.  

 

De las 27 páginas que tiene el proyecto de ley, 11 fueron utilizadas por el Ejecutivo para argumentar la norma que consta de 32 artículos, y que incluye un pequeño léxico para definir a los agentes que intervienen en la cadena: aplicador, comercializador, empresa registrante del producto, usuario o productor agropecuario, transportista, etc.  

 

A cada uno competen responsabilidades y obligaciones en lo que respecta a los desechos que se generan por el uso de los productos fitosanitarios. En tanto que la ley establece que quedará “prohibido” que los envases tengan algún destino diferente al que se determina en la norma. En tanto que se fija un régimen de sanciones por incumplimientos a la ley.  

 

La autoridad de aplicación de la norma será compartida entre el ministerio de Agricultura, la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría de Ambiente de la Nación. Además se crea un consejo consultivo con representantes de distintos organismos del Estado nacional así como del Consejo Federal de Ambiente que integran las provincias.  

 

Por último se establece que la ley entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el BO, mientras y hasta tanto no se reúna la Asamblea para establecer la operatividad de la nueva ley regirá la actual 20.507.

 

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